Las personas mayores de 40 años sin titulación también pueden estudiar en la universidad. De este modo, no es necesario ninguna titulación académica previa que les habilite para acceder a la universidad. Para los mayores de 40 años, basta con que acrediten la experiencia laboral a lo largo de toda su vida mediante una Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 40 años, que consiste en una fase de valoración de la experiencia laboral y una fase de entrevista personal. Ésta sólo da acceso a determinados grados universitarios. En los siguientes enlaces puedes consultar las distintas pruebas de acceso convocadas, dependiendo de dónde quieras estudiar.
El representante de cada candidatura puede otorgar poder a favor de cualquier habitante, mayor de edad y que se halle en pleno uso de sus derechos civiles y políticos, al efecto de que ostente la representación de la candidatura en los actos y operaciones electorales. Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su condición de apoderados tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación. Artículo 77 Los apoderados tienen derecho a consentir libremente a los locales electorales, a examinar el desarrollo de las operaciones de voto y de escrutinio, a formular reclamaciones y protestas así como a recibir las certificaciones que prevé esta Ley, cuando no hayan sido expedidas a otro apoderado o visitador de su misma candidatura. Artículo 78 1. El representante de cada candidatura puede nombrar, hasta tres días antiguamente de la elección, dos interventores por cada Mesa Electoral, mediante la envío de credenciales talonarias, con la día y firma de pie del nominación. Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su condición de interventores tienen derecho durante el día de la votación y el día inmediatamente posterior, a los permisos que el artículo 28 de esta Ley establece para los miembros de las Mesas Electorales. Si el Deán no ha acudido, le sustituye su primer suplente.
Por su parte, el artículo 9. La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la madama, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de y ratificada por España en La analogía es, asimismo, un principio fundamental en la Unión Europea. Con amparo en el antiguo artículo del Tratado de Roma, se ha desarrollado un bienes comunitario sobre igualdad de sexos de gran amplitud e importante calado, a cuya adecuada transposición se dirige, en buena medida, la presente Ley. II El pleno reconocimiento de la analogía formal ante la ley, aun habiendo comportado, sin duda, un paso decisivo, ha resultado ser insuficiente.